Norma 1
Verifactu: tu programa de facturar tiene que cambiar
No obliga a facturar de otra manera: obliga a que el programa con el que facturas
deje un registro encadenado e inalterable de cada factura, con su huella y su código QR.
Se acabó poder borrar o retocar una factura ya emitida sin que quede rastro.
Qué cambia el día que entre
- Cada factura lleva un código QR y una huella que la encadena con la anterior.
- Anular una factura pasa a ser un apunte más, no un borrado.
- Si eliges el modo de envío, los registros van a la Agencia Tributaria al emitirse.
- Un programa que no cumpla deja de poder usarse para facturar.
Las fechas, sin adornos
- 1 de enero de 2027 para quien tributa por el Impuesto sobre Sociedades. Es lo que dice hoy el BOE.
- 1 de julio de 2027 para autónomos y profesionales.
- Se aplazó dos veces; la última, en diciembre de 2025. Y el 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció una tercera, a octubre de 2028, que todavía no está publicada.
- Los fabricantes de programas van por otro calendario, ligado a la orden ministerial.
Qué hacer con tiempo
- Preguntar a quien te lleva el programa si va a estar adaptado, y para cuándo.
- Revisar las series de facturación y los tiques, que es donde suelen aparecer los líos.
- Si vas a cambiar de sistema, no esperes a que salga el aplazamiento: si no llega a publicarse, enero de 2027 sigue en pie.
Lo de octubre de 2028, en corto
El 5 de octubre de 2026 Hacienda publicó una nota en la que anuncia que retrasará
Verifactu hasta octubre de 2028, para que llegue a la vez que la factura
electrónica de pymes y autónomos. Es un anuncio, no una norma: hasta que salga en el
BOE, las fechas que valen son las de 2027. La nota dice que las garantías (integridad,
trazabilidad, inalterabilidad) se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes,
aunque retocará el ámbito y algún detalle técnico para encajarlo con la factura
electrónica. Lo que prepares ahora vale; algún ajuste habrá.
Cómo lo dejamos resuelto con Odoo, con nuestro ajuste fino de contabilidad española:
contabilidad y Verifactu →
Y una excepción que se lleva por delante todo lo anterior: quien lleva
los libros de IVA por el SII queda fuera de Verifactu. Lo dice
el propio reglamento, y vale también si entraste en el SII por voluntad propia.