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VERI*FACTU se aplaza hasta 2028: qué cambia para empresas y autónomos
Hacienda ha anunciado el aplazamiento de las obligaciones pendientes de VERI*FACTU hasta octubre de 2028. Te explicamos qué significa hoy este cambio, qué fechas afectan a empresas y autónomos y cómo encaja con el calendario de factura electrónica.
2028
El anuncio del Ministerio apunta a hacer converger VERI*FACTU con la factura electrónica obligatoria.
La Agencia Tributaria recoge el anuncio del aplazamiento hasta octubre de 2028, pero conviene distinguirlo de las fechas que siguen apareciendo en la normativa vigente mientras el cambio no se publique formalmente.
Esta noticia debe leerse en dos planos: lo anunciado y lo que hoy sigue vigente. Esa diferencia es la que más dudas está generando entre empresas y autónomos.
VERI*FACTU vuelve a estar en el centro de la conversación. Y no porque haya entrado ya en vigor, sino porque el Ministerio de Hacienda ha anunciado que las obligaciones pendientes se aplazarán hasta octubre de 2028.
La noticia es relevante porque cambia la percepción de urgencia inmediata, pero no elimina la necesidad de prepararse. De hecho, el debate actual no es solo cuándo entra en vigor, sino cómo se conecta con otra obligación que ya está avanzando: la factura electrónica.
Qué se ha anunciado exactamente
Según la información difundida por Hacienda y enlazada por la Agencia Tributaria, el objetivo es aplazar las obligaciones pendientes de VERI*FACTU hasta octubre de 2028 para hacerlas converger con la obligación de factura electrónica entre empresas y profesionales.
Esta idea es importante porque introduce un enfoque más coordinado: en lugar de obligar a adaptaciones separadas en plazos distintos, se plantea una hoja de ruta más unificada para la digitalización de la facturación.
Qué fechas siguen vigentes hoy en la norma
Aquí está la clave práctica. Mientras el cambio no se publique normativamente, las fechas que siguen figurando en la regulación vigente son las que deben tenerse presentes como referencia jurídica.
1 de enero de 2027
Es la fecha que aparece para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades en el marco vigente. Es decir, sociedades mercantiles y otras entidades sujetas a este impuesto.
1 de julio de 2027
Es la fecha prevista para el resto de obligados, incluidos autónomos, profesionales y entidades no incluidas en el grupo anterior.
Por eso, cuando una empresa o un autónomo pregunta hoy cuál es su fecha, la respuesta correcta exige matizar: hay un anuncio de aplazamiento a 2028, pero las fechas normativas aún reflejan 2027.
Cronología rápida para no perderse
Entonces, qué deben hacer empresas y autónomos
El mensaje razonable no es relajarse por completo, sino utilizar este margen para prepararse mejor. Las empresas y los autónomos deberían aprovechar este escenario para revisar su software de facturación, la calidad de los datos, el flujo de emisión y el nivel de adaptación real de sus procesos.
VERI*FACTU ya no debe mirarse aislado: hay que entenderlo junto a la factura electrónica
La factura electrónica B2B sigue su propio calendario y, precisamente por eso, el aplazamiento de VERI*FACTU se interpreta como un intento de coordinar ambos cambios. Esa lectura abre una conversación mucho más amplia sobre ayudas, digitalización y oportunidad de modernizar el sistema de facturación.
¿Nuevo Kit Digital? Cómo puede enlazarse con esta nueva etapa de digitalización
El siguiente paso natural es analizar qué ayudas o instrumentos de apoyo pueden aprovechar empresas y autónomos en este nuevo contexto. Ahí es donde encaja la próxima noticia sobre el nuevo Kit Digital y su relación con la adaptación tecnológica.
El aplazamiento da más tiempo, pero también exige más criterio para prepararse bien
Desde Grupadoo podemos ayudarte a revisar tu situación actual, valorar cómo te afecta este calendario y preparar tu sistema para llegar con orden a los próximos cambios normativos.
VERI*FACTU se aplaza hasta 2028: qué cambia para empresas y autónomos
Hacienda ha anunciado el aplazamiento de las obligaciones pendientes de VERI*FACTU hasta octubre de 2028. Te explicamos qué significa hoy este cambio, qué fechas afectan a empresas y autónomos y cómo encaja con el calendario de factura electrónica.
2028
El anuncio del Ministerio apunta a hacer converger VERI*FACTU con la factura electrónica obligatoria.
La Agencia Tributaria recoge el anuncio del aplazamiento hasta octubre de 2028, pero conviene distinguirlo de las fechas que siguen apareciendo en la normativa vigente mientras el cambio no se publique formalmente.
Esta noticia debe leerse en dos planos: lo anunciado y lo que hoy sigue vigente. Esa diferencia es la que más dudas está generando entre empresas y autónomos.
VERI*FACTU vuelve a estar en el centro de la conversación. Y no porque haya entrado ya en vigor, sino porque el Ministerio de Hacienda ha anunciado que las obligaciones pendientes se aplazarán hasta octubre de 2028.
La noticia es relevante porque cambia la percepción de urgencia inmediata, pero no elimina la necesidad de prepararse. De hecho, el debate actual no es solo cuándo entra en vigor, sino cómo se conecta con otra obligación que ya está avanzando: la factura electrónica.
Qué se ha anunciado exactamente
Según la información difundida por Hacienda y enlazada por la Agencia Tributaria, el objetivo es aplazar las obligaciones pendientes de VERI*FACTU hasta octubre de 2028 para hacerlas converger con la obligación de factura electrónica entre empresas y profesionales.
Esta idea es importante porque introduce un enfoque más coordinado: en lugar de obligar a adaptaciones separadas en plazos distintos, se plantea una hoja de ruta más unificada para la digitalización de la facturación.
Qué fechas siguen vigentes hoy en la norma
Aquí está la clave práctica. Mientras el cambio no se publique normativamente, las fechas que siguen figurando en la regulación vigente son las que deben tenerse presentes como referencia jurídica.
1 de enero de 2027
Es la fecha que aparece para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades en el marco vigente. Es decir, sociedades mercantiles y otras entidades sujetas a este impuesto.
1 de julio de 2027
Es la fecha prevista para el resto de obligados, incluidos autónomos, profesionales y entidades no incluidas en el grupo anterior.
Por eso, cuando una empresa o un autónomo pregunta hoy cuál es su fecha, la respuesta correcta exige matizar: hay un anuncio de aplazamiento a 2028, pero las fechas normativas aún reflejan 2027.
Cronología rápida para no perderse
Entonces, qué deben hacer empresas y autónomos
El mensaje razonable no es relajarse por completo, sino utilizar este margen para prepararse mejor. Las empresas y los autónomos deberían aprovechar este escenario para revisar su software de facturación, la calidad de los datos, el flujo de emisión y el nivel de adaptación real de sus procesos.
VERI*FACTU ya no debe mirarse aislado: hay que entenderlo junto a la factura electrónica
La factura electrónica B2B sigue su propio calendario y, precisamente por eso, el aplazamiento de VERI*FACTU se interpreta como un intento de coordinar ambos cambios. Esa lectura abre una conversación mucho más amplia sobre ayudas, digitalización y oportunidad de modernizar el sistema de facturación.
¿Nuevo Kit Digital? Cómo puede enlazarse con esta nueva etapa de digitalización
El siguiente paso natural es analizar qué ayudas o instrumentos de apoyo pueden aprovechar empresas y autónomos en este nuevo contexto. Ahí es donde encaja la próxima noticia sobre el nuevo Kit Digital y su relación con la adaptación tecnológica.
El aplazamiento da más tiempo, pero también exige más criterio para prepararse bien
Desde Grupadoo podemos ayudarte a revisar tu situación actual, valorar cómo te afecta este calendario y preparar tu sistema para llegar con orden a los próximos cambios normativos.
VERI*FACTU 2028: nuevas fechas para empresas y autónomos